El beneficio busca apoyar a quienes reciben pensiones bajas para enfrentar los gastos asociados al periodo invernal. No requiere postulación.
El Bono de Invierno es un aporte económico que busca ayudar a las personas pensionadas del país cuyas pensiones sean bajas, con el fin de que puedan enfrentar de mejor manera los gastos que surgen en esta época invernal.
Este 2025, el monto del bono será de $81.257 y se entregará durante el mes de mayo de forma automática, por lo que no es necesario postular. Para verificar si eres beneficiario o beneficiaria, se puede llamar al número 600 440 0040.
¿A quién está dirigido?
El bono está destinado a:
- Pensionados/as del Instituto de Previsión Social (IPS).
- De Pensiones Básicas Solidarias (PBS).
- Del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- De la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
- De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- De las Mutualidades de Empleadores/as de la Ley de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
- Del Sistema de AFP, siempre que esos/as pensionados/as perciban en el mes de mayo el beneficio de Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV), o que reciban pensiones mínimas con Garantía Estatal.
También serán beneficiarios/as quienes reciban la Pensión Garantizada Universal y aquellos que perciban pensiones de reparación, tales como:
- Pensión de Reparación a Víctimas de Prisión Política y Tortura.
- Pensión de viudez de pensionados de reparación fallecidos.
- Pensión no Contributiva de Exonerados Políticos.
Requisitos
Para recibir el Bono de Invierno se debe:
- Tener 65 años de edad cumplidos al 1 de mayo de 2025.
- Recibir una pensión igual o inferior a $222.474, sin incluir el Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o la Pensión Garantizada Universal (PGU), si corresponde.
- Ser pensionado o pensionada de alguna de las instituciones señaladas.
¿Quiénes no reciben el bono?
No serán beneficiarios/as:
- Titulares del Subsidio de Discapacidad, por no cumplir con el requisito de edad, ya que está dirigido a personas menores de 18 años.
- Titulares de indemnización del carbón, aun cuando perciban una pensión adicional bajo el monto establecido.